La
Administración sanitaria no responde en los casos en los que
el daño a un paciente se considere como un supuesto
inevitable o de fuerza mayor.
El Tribunal
Superior de Justicia de Valencia ha sentenciado que en caso
de infección nosocomial la Administración no responde si se
prueba que se han tomado las medidas de precaución
necesarias para evitar un contagio que en algunos casos
puede ser considerado evitable.
La
resolución judicial ha estudiado el caso de un paciente de
75 años que ingresó por la reagudización de una EPOC que
padecía desde hacía unos años.
Tras ser sometido
al correspondiente estudio, se le instauró un determinado
tratamiento, pero a los pocos días el enfermo presentó
malestar general y empeoramiento del estado de ánimo.
Los resultados del
urocultivo revelaron que padecía una infección por
stafilococo aureus meticilin resistente, falleciendo a los
pocos días de una parada cardiorrespiratoria.
Los magistrados asumen la doctrina del Tribunal Supremo, que
admite que es fuerza mayor "un evento imprevisible,
identificado con una causa extraña, exterior por relación al
objeto dañoso y a sus riesgos propios y, en todo caso,
absolutamente irresistible en el sentido de que aun pudiendo
ser prevista hubiera sido inevitable".
En el caso de infecciones durante intervenciones
quirúrgicas, el tribunal autonómico afirma que en algunos
casos puede ser inevitable, pero es "un evento previsible y,
por tanto, deben extremarse las medidas precautorias a fin
de evitarlo".
En consecuencia, no podrá exigirse responsabilidad a la
Administración ya que "cuando conste acreditado que se han
adoptado las medidas precautorias exigibles de producirse
tal infección, ésta debe considerarse un supuesto de fuerza
mayor".
En el caso estudiado dichos controles fueron cumplidos, pues
el informe de la inspección médica asegura que "las
instalaciones del hospital son limpiadas con idénticos
protocolos que cualquier otro centro hospitalario".
Además del dictamen de la inspección, un dato relevante para
probar el cumplimiento de los protocolos es que "la tasa de
infección nosocomial del hospital durante el año 2005
-cuando se produjo el ingreso del enfermo- fue un seis por
ciento inferior a la media de otros hospitales".
Es más, en la
literatura científica consta que uno de los "problemas
sanitarios más frecuentes es la infección hospitalaria",
pues entre el "cinco y el diez por ciento de los pacientes
ingresados desarrollan esta complicación".
El fallo acoge las argumentaciones de Eduardo Asensi,
letrado de Zurich España, aseguradora de la Administración
sanitaria.
Fuente:
Diariomedico.com