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Sanidad pagará
170.000 euros por un error de diagnóstico
F. J. BARROSO - Madrid - 06/07/2011
Así lo ha
decidido en la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid (TSJM), en un caso llevado por la asociación el Defensor del
Paciente.
Los magistrados del TSJM consideran probado que no se
emplearon los medios adecuados para llegar a un diagnóstico completo de lo que
le ocurría al paciente. Eso condicionó el tratamiento posterior, lo que pudo
ocasionar la muerte.
El paciente acudió al servicio de urgencias del hospital
de Fuenlabrada el 16 de diciembre de 2005. En la exploración física, el
paciente estaba "muy afectado por el dolor al ingreso" y tenía
"livideces reticulares en todo el abdomen y en el tercio superior del
miembro inferior izquierdo". "Mal estado general, en abdomen, vientre
'en tabla' con signos de irritación peritoneal sin ruidos hidroaéreos",
añade. Las pruebas de tórax y abdomen, así como el electrocardiograma, fueron
"normales".
"Como juicio clínico se emite el de pancreatitis
aguda moderada con un solo criterio de gravedad, paciente bebedor habitual de
1,5 litros de cerveza al día", afirma el escrito, que relata que se
ingresó al varón en el servicio de aparato digestivo "para observación y
control" y el 17 de diciembre de 2005, "a las 2.45, ingresó en planta
y continuó el dolor abdominal que cedió a la aplicación de analgésicos". A las 2.25 del 19 de diciembre dejó de respirar. Se recuperó, pero falleció a las seis de la mañana del día siguiente.
Fuente: El pais.com | |||||||