La
Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
ha declarado en una sentencia que el documento de
consentimiento informado que debe ofrecerse al paciente con
anterioridad a una intervención quirúrgica no tiene por qué
incluir los riesgos que sean de carácter extraordinario,
pues de lo contrario "se convertiría en un documento
inmanejable y, en la práctica, ineficaz y entorpecedor del
ejercicio de la función médica".
Con este
pronunciamiento el tribunal autonómico ha absuelto a la
Administración de la demanda interpuesta por una paciente
que sufrió un daño como consecuencia de una intervención de
amigdalitis. Según relata la sentencia, la enferma presentó
una hemorragia tras la operación quirúrgica, por lo que tuvo
que ser reintervenida. A los pocos días de ser dada de alta,
acudió a urgencias por sensación de cansancio, ptosis y
miosis en el ojo izquierdo, diagnosticándolese un síndrome
de Horner.
La resolución judicial descarta las peticiones de la demanda
y las conclusiones del informe pericial presentado por la
paciente, donde se alegaba la responsabilidad de la
Administración por una defectuosa intervención quirúrgica,
dejadez en el control posoperatorio y falta de
consentimiento para la realización de la operación, incluida
la omisión de los riesgos que ésta conllevaba.
Para los
magistrados, el informe aportado por el perito de la
paciente "carece de rigor científico" e impide a la Sala
"otorgar valor alguno a las conclusiones, pues éstas ni han
sido sustentadas en la historia clínica ni tampoco en las
propias valoraciones del perito a la luz de sus
conocimientos médicos". El dictamen se apoya en "meras
explicaciones genéricas sobre las diferentes formas de
realizar una amigdalectomía y sus riesgos, sin referencia
alguna al caso de autos".
Riesgo frecuente
Por contra, los informes de la Administración y de su
compañía aseguradora rechazan todas y cada una de las
alegaciones de la enferma "de forma clara, razonada,
argumentada y rotunda". Según los dictámenes, "la aparición
de la hemorragia en el postoperatorio de las amigdalectomías
es un riesgo particular muy frecuente que puede ocurrir en
cerca del 20 por ciento de los casos". Es más, cuando este
riesgo aparece "es necesario volver a anestesiar al
paciente, localizar el punto sangrante y controlar su
hemorragia". En el caso analizado "así se hizo, y el
cirujano, ante la imposibilidad de controlar completamente
la hemorragia, se vio obligado a dejar un taponamiento con
gasa e intubar a la paciente".
En consecuencia, toda la actuación médica realizada fue
"adecuada, pues perseguía resolver la hemorragia en la
cavidad oral, que puede ser muy peligrosa para los
enfermos".
Por último, el fallo, que admite las argumentaciones de
Eduardo Asensi, abogado de Zurich España, aclara que cuando
se produce una manipulación de los lechos amigdalinos "puede
ocurrir que exista una compresión o lesión térmica al
cauterizar sobre la cadena simpática cervical, pudiendo
aparecer un síndrome de Horner". En cualquier caso, dicha
complicación es "un riesgo extraordinario". De hecho, un
estudio internacional revela que sobre más de 40.000
amigdalectomías no existió ningún caso.
Fuente:
Diariomedico.com