En
las reclamaciones por responsabilidad derivada del suicidio
de pacientes con antecedentes psiquiátricos, el hecho de que
la exploración sea realizada por un psiquiatra puede ser
determinante para admitir o no una demanda.
Así se desprende
de una sentencia de la Sala Contenciosa del Tribunal Supremo
que absuelve a la Administración tras el fallecimiento de un
enfermo que se arrojó por la ventana de su domicilio a las
pocas horas de ser dado de alta en el servicio de Urgencias
de un hospital.
En la interposición de la demanda los familiares alegan
contradicción entre el fallo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid avalando la actuación de los servicios
médicos y otra del Tribunal Supremo que condenaba a la
Administración sanitaria por una mala praxis en la
valoración de un enfermo que se suicidó.
Valoración a conciencia
Los magistrados del Supremo no admiten la contradicción
entre ambas resoluciones, ya que la diferencia entre una y
otra estriba en la atención facilitada el enfermo. Así, en
el caso ahora estudiado ha quedado demostrado que el joven
fue atendido en Urgencias por una psiquiatra que, después de
una exploración de 50 minutos y el suministro de un
calmante, no encontró razones para el ingreso.
Aunque los familiares argumentan que la facultativa no
consultó la historia clínica del paciente e hizo una
valoración equivocada de su estado, el Supremo no aprecia
una mala praxis, pues la especialista "realizó una
exploración psicológica completa del paciente, emitiendo un
informe minucioso de tres hojas que recoge una anamnesis y
exploración psicopatológica completa".
Es más, la psiquiatra hizo una valoración del riesgo del
suicidio, negando "una intención autolítica" y achacando las
lesiones que el enfermo presentaba a un estado de intensa
angustia.
Por contra, en la sentencia presentada para unificar la
doctrina, en la que sí se indemniza a los familiares de un
joven que fue atendido por un servicio de Urgencias por un
caso de autolesiones, el Supremo censuró la actuación del
facultativo, que "se limitó a aconsejara los padres que
llevaran al paciente a revisión por un psiquiatra de la
zona, a pesar de su intento de suicidio, sin prescribirle
ningún tipo de medicación o tratamiento".
La diferencia entre ambos casos es que en el primero "la
atención se realiza por un especialista con una exploración
psicopatológica calificada de densa," mientras que en el
fallo de contraste la exploración la realizó un médico de
urgencias.
Fuente:
Diariomedico.com