Tiene toda la razón estimado visitante de esta web en plantearse
variadas preguntas respecto a la actividad pericial.
Le respondo con un resumen que creo
contestará sus preguntas más usuales. Además le incluyo
artículos por expertos sobre la materia que le ayudarán a
comprender este tipo de trabajo.
Mi especialización médica y en
Derecho Sanitario hace que mi dedicación máxima esté orientado a
la Responsabilidad médica.
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El peritaje médico consiste
en informar, dictaminar o dar la versión
especializada de un proceso médico o actuación
médica con fines judiciales. |
El Perito es una persona con
conocimientos especiales en una materia concreta que además
añade conocimientos legales. Existen tantos peritos como
especialidades.
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Perito médico sólo puede ser
un médico. |
Se recurre al peritaje médico ante
reclamaciones de diversa índole todas ellas relacionadas con la
medicina de carácter judicial con el objeto de que el Juez se
informe sobre el hecho en litigio, por una persona especialista
en la materia en cuestión que además tiene conocimientos
médico-legales. Se reclama en vía Civil, Penal y
Contencioso-administrativo.
Por su parte el Juez espera de los
peritajes médicos informarse sobre la cuestión en litigio. Si no
está conforme, puede solicitar nuevos peritajes. Estos peritajes
no tienen carácter vinculante y es el propio juez, según su
experiencia el que elije el peritaje que mejor satisfaga sus
interrogantes.
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El peritaje médico ayuda en
gran medida a resolver una situación en litigio en
la medida en que sea objetivo, tenga conocimientos
claros en la materia médica y sepa sintetizar y
respaldar sus conclusiones. |
Los casos más frecuentes son aquellas
reclamaciones por Responsabilidad médica relacionadas por
presunta mala praxis, le siguen reclamaciones por no estar de
acuerdo con las indemnizaciones por daño corporal en los
accidentes de circulación. Son frecuentes también la
reclamaciones por Incapacidad Permanente tanto por enfermedad
(contingencia común) como por enfermedad profesional
(contingencia profesional).
De forma resumida termino diciéndole
que la relación médico-paciente está basada en un arrendamiento
de Servicios, por lo que está obligado el médico a poner todos
los medios técnicos y científicos a su alcance en el cuidado de
la salud del paciente, teniendo presente siempre que nunca se
puede garantizar un resultado curativo, ya que la Medicina no es
una ciencia exacta. No es por tanto una ciencia de resultados,
sino de medios. El médico está obligado como le digo a ser
Diligente.
La diligencia debida y la previsibilidad de resultados, constituyen
las bases de la Lex Artis, criterio delimitador de la
responsabilidad médica