La
sentencia afirma que existió una mala praxis médica que
supuso una pérdida de oportunidad para el paciente y condena
a la Administración a indemnizar en concepto de reparación
del daño moral con 12.000 euros, cuantía que se aleja de los
300.000 solicitados.
La mujer falleció
por un ataque al corazón, consecuencia de un cáncer de
pulmón que no se le llegó a diagnosticar.
Según los hechos recogidos en la sentencia, la mujer de 70
años fue intervenida de cataratas pocas semanas antes de que
ingresara en Urgencias. En las pruebas del preoperatorio el
informe del radiólogo alertó sobre anomalías en la placa de
tórax y recomendó "una valoración con rayos x previa y, en
función de esto, realizar una TC".
Sin embargo, esta
analítica no la tuvieron en cuenta ni el anestesista antes
de la operación, ni el médico que le dio el alta, ni los
facultativos que, pocos días después, la atendieron en
Urgencias en el mismo hospital donde fue operada.
El tribunal reconoce la argumentación presentada por el
abogado Carlos Sardinero y afirma que una correcta
valoración de la placa de tórax hubiera "indicado la
realización de una TC que habría orientado probablemente el
diagnóstico de cáncer de pulmón".
La conclusión de la sentencia es que "ha habido un mala
praxis médica, al haberse podido conocer con una
anticipación de trece días el diagnóstico de cáncer de
pulmón", si bien añade que aunque se hubiera sabido entonces
"la evolución habría sido similar, pues nos encontramos ante
un tumor [...] sin posibilidad de curación".
Fuente: Diario médico