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La Gran Invalidez es compatible con trabajar por cuenta ajena.
La Entidad Gestora, al tener conocimiento de los hechos, inició expediente de revisión de la incapacidad permanente que terminó por resolución declarando que no procedía revisar la declaración de incapacidad permanente, pero si suspender temporalmente el pago de la prestación, salvo el incremento destinado a pagar la ayuda de otra persona, mientras la beneficiaria trabajase.
Contra esa
resolución se interpuso demanda que, aunque fue estimada en
la instancia, donde se declaró compatible el cobro de la
pensión con el trabajo, fue desestimada por la sentencia de
suplicación, objeto del presente recurso de casación
unificadora, al entenderse que el cobro de la prestación
sólo era compatible con aquellas actividades, marginales o
residuales, que no comprendan el núcleo funcional de una
profesión u oficio.
Fuente:
Diariomedico.com
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