Con
el título, Cuidado con los abogados en los servicios de
urgencias, Carmen Fernández, redactora jefe de Diario
Médico, nos pone sobre aviso sobre la captación de clientes
entre los pacientes descontentos de los servicios
hospitalarios, actividad éticamente cuestionable e imposible
de evitar y termina expresando un deseo: que el Consejo de
Colegios de Médicos y el Consejo General de la Abogacía
analicen y acuerden los límites y el control de esta
actividad.
· "Por muy notorias que sean estas conductas para el
personal sanitario, no son visibles para quienes no
frecuentan los servicios de salud, por lo que deberán mediar
las procedentes denuncias"
La captación de clientes en estas situaciones tiene fijados
sus límites en el Estatuto General de la Abogacía Española,
que la considera ilícita y prohibida. El artículo 25 del
estatuto, de obligada aplicación, prohíbe a los letrados
ofrecer sus servicios profesionales, por sí mismo o mediante
terceros, a las víctimas de un accidente o desgracia en el
momento en que ellos o sus allegados carecen de plena y
serena libertad para elegir un abogado, por encontrarse en
un estado de sufrimiento personal en el que la capacidad de
libre decisión se halla afectada.
Esta conducta, que vulnera la normativa sobre competencia
desleal, está tipificada como infracción muy grave y se
sanciona con inhabilitación para el ejercicio de la
profesión por un período no inferior a tres meses y no
superior a dos años.
· "La cultura de la reclamación injustificada puede generar
unas tensiones y una intranquilidad que repercute en todos
nosotros, pues somos, potencialmente, pacientes y usuarios
del sistema sanitario"
Sanciones disciplinarias
No se trata de una conducta cuestionable desde un punto de
vista ético, sino de éticamente reprochable, como tal
prevista en la norma legal que rige el comportamiento de los
letrados y que dota de la cobertura jurídica necesaria para
proceder contra quienes la infringen, mediante el
procedimiento disciplinario colegial instruido por la Junta
de Gobierno del colegio en cuya demarcación territorial se
cometa la infracción.
Aunque los órganos colegiales puedan actuar de oficio si
tuvieren conocimiento de cualquier actuación que pueda
constituir infracción deontológica, las actividades de
captación de clientes en el entorno hospitalario, por muy
notorias que puedan ser para el personal sanitario, no se
manifiestan de un modo visible para quienes no frecuentan
los servicios de salud, por lo que deberán mediar las
correspondientes denuncias ante el colegio de abogados.
Estas denuncias deberán identificar a los autores de dicha
actividad de captación ilícita y, en la medida de lo
posible, aportar pruebas u ofrecer medios de prueba que
permitan corroborar los hechos.
La actual reforma legislativa de los colegios profesionales,
pendiente de aprobación parlamentaria, pone especial énfasis
en el servicio que las organizaciones colegiales han de
prestar a los ciudadanos, y parte fundamental de ese enfoque
es la erradicación de conductas de los profesionales que
lesionen los derechos de los usuarios. Como vicedecana del
colegio de abogados de Alicante y miembro de su Junta de
Gobierno puedo dar testimonio de cómo los órganos de
gobierno de los Colegios de Abogados de la Comunidad
Valenciana persiguen y sancionan, justa e implacablemente,
las actuaciones de los letrados que perjudican los derechos
de los clientes o atentan contra la función social de la
abogacía. El Colegio de Abogados de Alicante, con un
criterio transparente de gestión y adelantándose en más de
una década a lo que pronto será de obligado cumplimiento
para todos los colegios, hace públicos todos los años en su
memoria anual los datos en materia disciplinaria.
Existen los cauces para perseguir, sancionar y erradicar esa
práctica reprobable que busca sacar partido económico del
dolor de las personas. Mi cercanía a los médicos, con los
que profesionalmente me vengo relacionando desde hace más de
veinte años y que me llevó en su día a ser miembro fundador
de la Asociación Derecho y Sanidad de Alicante, me implica
de un modo particular en el problema, no sólo compartiendo
el sufrimiento de los profesionales sanitarios injustamente
atacados sino también siendo muy consciente de que la
cultura de la reclamación injustificada puede generar unas
tensiones y una situación de intranquilidad que repercute en
todos nosotros, pues todos somos, al menos potencialmente,
pacientes y usuarios del sistema sanitario.
Está al alcance de todos, y muy especialmente de los
gestores de la sanidad, denunciar este tipo de prácticas.
Quienes por su posición en el sistema sanitario tengan
conocimiento directo de los hechos deben comunicarlos a los
colegios de abogados.
Fuente:
Diariomedico.com