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Condena a la Comunidad de Madrid y a su aseguradora por mala praxis médica en la atención a una parturienta
El alto tribunal ha fijado una indemnización de 510.860 euros que tendrán que pagar la Administración y la aseguradora, de manera solidaria, en concepto de responsabilidad patrimonial por un daño antijurídico.
La Sociedad de Ginecología y Obstetricia (SEGO) incluye este control entre las recomendaciones de sus protocolos y, de manera especial, en los partos vaginales en gestantes que antes hayan sido sometidas a una cesárea, y además, se les suministre oxitocina, pues existe un alto riesgo de rotura uterina.
En el caso juzgado se dieron estas circunstancias, pues, según lo probado, la gestante, con los antecedentes de un aborto natural y un parto por cesárea, fue preparada para una extracción vaginal del bebé para lo que se le suministró oxitocina.
Mientras se realizaban las maniobras para un parto natural, la mujer sufrió una gran hemorragia vaginal y fue traslada al quirófano para practicarle un cesárea de urgencia, en la que se comprobó que había sufrido una rotura uterina y que la cabeza del bebé se encontraba dentro de la cavidad abdominal. La niña nació con un retraso madurativo por encefalopatía hipóxico-isquémica como consecuencia del sufrimiento fetal que le produjo "la salida de su cabeza a la cavidad abdominal y su estancia en ella", según confirman los informes periciales de expertos médicos de ambas partes.
Y, en este sentido, la sentencia señala que existen dudas sobre la conveniente monitorización de la paciente durante todo el proceso, que la parte acusada no consigue despejar, pues "se echa en falta aquellos registros y documentos que hubieran permitido una mayor luz sobre lo realmente acontecido en las horas previas a la intervención urgente de cesárea".
Además, los protocolos de la SEGO establecen que "es conveniente una vigilancia electrónica fetal continua y el registro de la dinámica uterina mediante tocodinamometría externa o con presión interna si se utilizan oxitocicos", como fue el caso, pues "el empleo de la oxitocina incrementa en 2,5 veces el riesgo de rotura uterina".
Fuente:
Diariomedico.com
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