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El Constitucional
ordena que se aplique la sentencia europea contra el canon digital El Alto Tribunal remite a ese fallo al obligar la repetición de un juicio sobre el canon en los CD y DVD vírgenes
LAIA REVENTÓS - Barcelona - 14/01/2011
Regreso al pasado, con regalo envenenado para la SGAE. El juicio que terminó en
la primera sentencia contra el canon a los CD y DVD vírgenes, en 2005, se tendrá
que repetir, pero el magistrado deberá tener en cuenta en su nuevo fallo "las
normas del ordenamiento interno, incluyendo el Derecho comunitario aplicable
[últimamente, a este respecto, Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea , Sala Tercera, de 21 de octubre de 2010]", según sentencia del 29 de
noviembre de 2010 del Tribunal Constitucional. En aquel juicio un juez de Alcalá
de Henares consideró que los soportes digitales no debían estar sometidos a la
remuneración compensatoria si no se probaba que sólo están destinados a la copia
privada de material protegido y obligó a devolver euro con setenta y dos
céntimos al demandante, el informático Reynaldo Cordero.
El Constitucional ya había ordenado la repetición de otro juicio sobre el canon en las actas judiciales, de octubre de 2006, en el que la Audiencia de Málaga sentenció que grabar un juicio en CD no estaba sujeto al pago del canon. El demandante, el arquitecto malagueño Eduardo Serrano, argumentó que ese disco iba a ser empleado para grabar el acta de ese mismo juicio y no albergaría ninguna copia de obra sujeta a copyright. Según el abogado de Reynaldo Cordero, Javier de la Cueva, "la sentencia europea sobre el canon digital será de aplicación directa en un juicio si se demuestra que los equipos, aparatos y materiales gravados no se destinaron a la realización de copias privadas". Hoy mismo, además, se ha hecho público que la Justicia europea ha ratificado ese fallo al remitir a la misma sentencia ante una cuestión prejudicial planteada por un juzgado de Tenerife.
Fuente: Derecho sanitario
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