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Buena praxis anula el daño desproporcionado
La Audiencia Provincial de Burgos ha absuelto a un médico anestesista de la demanda interpuesta por un paciente que achacaba el daño tras la intervención quirúrgica a una deficiente administración de la anestesia raquídea. La resolución judicial descarta la mala praxis del médico, y por extensión, la aplicación de la teoría del daño desproporcionado.
Es decir, no cabe aplicar criterios propios de la responsabilidad objetiva, donde la indemnización se admite si hay relación entre el acto médico y el resultado, sino que es preciso acreditar que ese resultado es consecuencia de una mala praxis sanitaria. En palabras del tribunal, "cuando se ha acreditado que el médico cumplió con las reglas de su buen hacer profesional, el resultado, por más desproporcionado que sea, no puede imputarse al médico".
La sentencia absuelve al facultativo tras la demanda de una paciente que se
sometió a la extirpación de un quiste en un ovario. La anestesia, que se realizó
mediante punción intradural, se administró en las últimas vértebras lumbares.
Durante su realización la paciente sufrió un calambre en una de las piernas,
presentando en el postoperatorio una paresia de la extremidad.
Tras analizar otras resoluciones sobre responsabilidad en el acto anestésico, la Audiencia de Burgos admite que "no se puede dar una respuesta uniforme a las secuelas derivadas de la práctica de una anestesia intradural. Depende de la existencia o no de otras patologías, de posible conocimiento o no por el anestesista, que hayan influido en el resultado". En consecuencia, no se aplica el daño desproporcionado al existir "evidencias de una correcta actuación".
Fuente: Diariomedico.com
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