El Juzgado de lo
Social número 5 de Sevilla ha considerado accidente de trabajo la presión
laboral que se ejerció sobre un directivo de una empresa de transportes que en
marzo de 2006 causó baja por incapacidad total derivada de enfermedad común.
E.P.
13/04/2009
El trabajador llegó a ser subdirector de Recursos Humanos en 1992. A partir de
1999, sin embargo, sufrió varios cambios de funciones y pasó de poseer un
despacho propio a ser trasladado a la antigua biblioteca, no teniendo funciones
específicas, lo que le causó un declive personal acentuado.
Ignorado
Además, la compañía puso en conocimiento de todos los empleados dónde estarían
sus puestos en las nuevas instalaciones con motivo de una mudanza, a excepción
del demandante, al que no le dijo nada.
En 2007 la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social
aprobó la pensión correspondiente a un grado de incapacidad permanente total del
trabajador, tras un cuadro clínico de trastorno adaptativo de tipo
ansioso-depresivo, con limitaciones orgánicas y funcionales, ansiedad y
alteraciones de la concentración y del sueño.
Según el juzgado, la situación patológica del directivo "está directamente
relacionada con su situación laboral, el traslado del puesto de trabajo
-aparejado al hecho de que no tuviera funciones reales- y el hecho de que los
restantes compañeros dejaron de relacionarse con él".
El médico que le trató expuso que "la situación psíquica ha tenido su única
causa en los cambios de puesto de trabajo, ya que el demandante cuenta con una
personalidad psicológicamente estable y sin antecedentes psiquiátricos". Su
evolución, en este sentido, fue provocada "por ocupar un puesto sin contenido
alguno, lo que ha provocado vivencias de insuficiencia e incapacidad".
Otra demanda
Este directivo ya ganó otro pleito a la empresa por su despido improcedente.
Tras la sentencia, la empresa puede readmitir al trabajador. La resolución
judicial alude a que al ser una jubilación voluntaria, el trabajador puede
seguir trabajando si así lo desea, ya que es un derecho del trabajador, no una
obligación.
Fuente: Diariomedico.com