El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha condenado a la Administración por
una infección nosocomial tras una intervención bariátrica, pero rebaja la
indemnización dados factores de riesgo de la paciente. Además, afirma que hay
que informar de la segunda intervención aunque sea consecuencia de un riesgo de
la primera operación realizada.
Marta Esteban 01/10/2008
En la responsabilidad de los centros sanitarios por las infecciones
hospitalarias la doctrina generalizada de los órganos judiciales es que la
entidad debe indemnizar por los daños de dicho contagio a menos que pruebe que
los controles de asepsia eran los adecuados. Una sentencia del Tribunal Superior
de Justicia de Galicia ha confirmado esta tendencia, pero haciendo una
matización dadas las características del caso enjuiciado. Los magistrados
recuerdan que en las demandas por infección hospitalaria es la Administración
"la que tiene a su disposición y a la que le es más fácil acreditar por su mayor
proximidad a las fuentes de prueba que se han adoptado todas las medidas de
asepsia, descontaminantes y preventivas necesarias".
Ahora bien, en este caso, los informes periciales aseguran que los antecedentes
clínicos de la enferma hacían que fuera más propensa a las infecciones. Este
dato es relevante para el tribunal, pero sólo a efectos de indemnización, no
para anular la responsabilidad de la Administración pública. Los magistrados lo
expresan así: "Es cierto que en el presente caso la paciente presentaba factores
que le predisponían a la infección y al daño sufrido, pero ello debe tener
incidencia en la cuantificación de la indemnización no así en la desaparición de
la antijuricidad del daño".
Según relata la sentencia, la paciente padecía obesidad mórbida, asma bronquial,
apnea del sueño, tabaquismo, hipertensión arterial, y diabetes mellitus, entre
otros antecedentes. Para la intervención bariátrica, los servicios de
endocrinología solicitaron informe al de anestesiología para valorar la aptitud
de la enferma de cara a una operación. La intervención tuvo que retrasarse por
el alto riesgo anestésico que presentaba la enferma, hasta que finalmente fue
operada por laparatomía media supraumbilical, transcurriendo el postoperatorio
sin incidencias. Al cabo de un año la paciente ingresó en el servicio de
urgencias por dolor abdominal, diagnosticándosele una eventración no complicada
que tuvo que ser resuelta en una segunda operación tras la que apareció una
necrosis de la herida y un absceso que dio positivo para escherichia colli. La
enferma falleció al poco tiempo por una sepsis severa.
Demostrar la asepsia
La sentencia, que acoge las alegaciones del abogado de la paciente, Alfonso
Iglesias, afirma que en el caso de infecciones tras intervención quirúrgica "si
el origen del agente contaminante no ha sido endógeno por proceder de la propia
paciente, o lo que es igual, si ha tenido un origen externo en el material
quirúrgico, el quirófano, los profesionales que realizaron la intervención o si
la Administración no ha probado que adoptó las medidas de asepsia la enferma no
tendrá la obligación de soportar el daño y habrá responsabilidad patrimonial de
la Administración".
Por último, el tribunal entra a valorar si debe indemnizarse la falta de
consentimiento de la paciente a la eventración que se produjo dos años después
de la operación bariátrica. El fallo afirma que si bien es cierto que dicha
eventración era un riesgo posible de la operación de la que fue informada la
paciente, también lo esa eventración tiene sus propios riesgos personalizados.
Por tanto, la ausencia de la debida información sobre ellos hace que la
Administración deba afrontar la responsabilidad del daño.
Prevención, dice el TSJ
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia no deja pasar la oportunidad para
recordar que las infecciones nosocomiales pueden ser inevitables, pero
previsibles. Advierte que lo más adecuado es extremar las medidas de prevención
y cita algunas: la asepsia en quirófanos e instrumental, desinfección meticulosa
del área operatoria, acortar lo más posible el tiempo de la intervención, evitar
dejar cuerpos extraños, y práctica de antibioterapia desvitalizado. Eso sí, la
adopción de esas medidas debe probarse
Fuente:
diariomedico.com