Litigios sanitarios La asiduidad de la profesión y
de las Administraciones sanitarias en los tribunales por supuestas negligencias
está a la orden del día. Sin embargo, la ley abre la puerta a otras opciones
para resolver los conflictos entre médicos, servicios de salud y pacientes. Son
las vías extrajudiciales y, en concreto, la mediación. La iniciativa de ciertos
colegios e instituciones, pese a las ventajas que esta opción puede aportar, se
topa con la resistencia del profesional y del enfermo, y con la tradición de la
Administración de defender sus intereses en vía judicial.
Marta Esteban 17/06/2008
No es plato de buen gusto para un profesional sanitario verse involucrado en un
proceso judicial por una supuesta negligencia médica y pasar por la temida pena
de banquillo, es decir, sentarse delante de un juez para explicar por qué su
actuación no merece reproche ni condena. Que las denuncias de los pacientes
acaban en los tribunales es una realidad palpable y suficientemente demostrada
si se cuentan los cientos de resoluciones que sobre responsabilidad sanitaria se
dictan al año en España, aunque, todo hay que decirlo, la mayor parte de ellas
son absolutorias para el facultativo.
Pero la vía judicial, dejando a salvo los casos de responsabilidad penal por
imprudencia grave profesional, no es siempre la mejor salida para una
reclamación sanitaria. La ley deja una puerta alternativa a los tribunales y
pone en manos de las partes -médicos, pacientes, Administración y compañías de
seguros- la figura de la mediación y el arbitraje. En la primera, las partes
conservan su capacidad de decisión, es decir, quien decide no es el mediador,
sino que son las partes las que acuerdan.
En el arbitraje, la resolución la dicta un árbitro y las partes se comprometen a
acatar ese laudo arbitral, que es vinculante. Ambas opciones son muy utilizadas
en otros ámbitos, pero no así en cuestiones donde se discute la responsabilidad
sanitaria.
En cualquier caso, los intentos para su implantación no perecen y organismos
como el Colegio de Médicos de Orense, el de Vizcaya y el Defensor del Paciente
de la Comunidad de Madrid luchan para que se consolide. ¿Por qué las vías
extrajudiciales no tienen acogida en el campo sanitario?
Los puntos débiles
José Nirvado, letrado del Colegio de Médicos de Orense, apunta varias causas.
"Una de las dificultades es que en el ámbito de la responsabilidad por daño
médico intervienen demasiadas personas, lo que hace muy difícil, si no
imposible, que se pongan de acuerdo para solucionar un conflicto". A la
pluralidad de personas con intereses contrapuestos se suma el hecho de que "la
profesión médica es reacia a someterse a un proceso conciliador, pues la
competitividad y el sentimiento de prestigio profesional existente hacen muy
difícil que un médico someta voluntariamente su actuación al examen de un
tercero".
En la fracasada implantación de la mediación en el sector sanitario siempre ha
sobrevolado el fantasma de la desconfianza del enfermo por miedo al
corporativismo médico. Nirvado señala como un factor negativo el hecho de que
"el proceso se desarrolle bajo el patrocinio del colegio de médicos y el
paciente pueda considerar que los colegas no se van a perjudicar entre sí". En
cualquier caso, es también un dato importante el hecho de que "los enfermos no
están suficientemente informados sobre la existencia de este proceso
extrajudicial".
Al crear la institución del Defensor del Paciente de la Comunidad de Madrid, el
Gobierno regional le encomienda como función principal "intermediar en los
conflictos que planteen los ciudadanos como usuarios del Sistema Sanitario de la
Comunidad de Madrid", explica el titular de la entidad, Juan Ignacio Barrero.
Tras la experiencia en este campo, Barrero analiza la implicación de la
Administración, donde "existe una idea muy arraigada de ejercer la defensa de
sus intereses en la vía administrativa y, en caso de necesidad, acudir a los
tribunales". Sin embargo, y "pese a que el uso de este sistema ante la entidad
gestora es algo insólito, hay sintonía con ella cuando se utiliza este
procedimiento".
Rápido e informal
La ventaja de estos procesos es "la rapidez en la solución del conflicto y
que la Administración gana en credibilidad ante el ciudadano perjudicado"; es
más, para cualquiera de las partes "aporta el beneficio de tratar el caso con la
discreción deseable en estos delicados asuntos".
Pero la celeridad no es el único beneficio. Alfonso Atela, abogado del Colegio
de Médicos de Vizcaya, apunta que la utilización de esta vía extrajudicial "es
muy poco formalista. Nosotros tenemos establecido un procedimiento por defecto,
pero las partes pueden elaborar el que mejor les convenga". Además, también hay
que tener en cuenta que "el proceso no se desarrolla en un juzgado, por lo que
el médico no acude con tanto miedo" y que la resolución del conflicto se dicta
como muy tarde a los seis meses. En cuanto a la colaboración de las partes,
Atela sí considera que hay "predisposición del médico, pero no tanto de la
Administración". La dificultad "no está en los médicos, sino que es una vía
desconocida para los pacientes, lo que hace que quien decida es el abogado, que
no se plantea someterse a lo que no conoce. También es desconocida para las
aseguradoras".
Los intentos de desligar la mediación del ámbito sanitario para alejar el
fantasma del corporativismo tampoco han tenido la acogida que se esperaba. Tras
la iniciativa del Colegio de Médicos de Vizcaya, en la sede de la abogacía
madrileña -el Colegio de Abogados de Madrid- se creó la Corte de Arbitraje para
asuntos sanitarios, pero el número de casos ha sido insignificante.
La rapidez frente a la demora de los juicios
Hace siete años que el Colegio de Médicos de Orense creó el Servicio de
Mediación y Arbitraje. Tras esta experiencia, José Nirvado, letrado de la
entidad colegial, destaca que la principal ventaja del uso de la mediación es
"la rapidez en la solución de los conflictos frente a la demora y retraso que
existe en el ámbito judicial". En cualquier caso, la implantación de estas vías
extrajudiciales debe contar con la participación de los facultativos y de la
Administración, pero no parece que sean muy propensos. "Por la experiencia, no
creo que exista predisposición de los médicos a la mediación. En muchos casos el
solo hecho de proponérsela supone admitir una culpabilidad que el facultativo,
salvo casos excepcionales, nunca está dispuesto a asumir". En cuanto a la
Administración, su iniciativa es nula.
El corporativismo no crea desconfianza
Desde 1997 el Colegio de Médicos de Vizcaya ofrece a los médicos y pacientes
la posibilidad de solucionar un conflicto de responsabilidad mediante la vía del
arbitraje. Tras su implantación, la duda era si el estar ubicado en sede
colegial frenaría la participación de los facultativos. Alfonso Atela entiende
que el problema no es el corporativismo, pues "el árbitro normalmente no es otro
médico. Si el arbitraje es de equidad, es decir, si las partes así lo acuerdan,
podrá resolver un médico, pero por lo general el árbitro será un abogado".
Además, parece que otra de las partes implicadas, la Administración, es reacia
al uso de esta vía. "Es la única a la que la dilación del proceso judicial no le
perjudica y le va muy bien en los juzgados contenciosos".
Una forma de alejar a la medicina defensiva
La Administración y los pacientes no son los únicos que se beneficiarían con la
resolución de los conflictos a través de la mediación. Según Juan Ignacio
Barrero, Defensor del Paciente de la Comunidad de Madrid, "el profesional
sanitario también encuentra un valor altamente positivo en la mediación". Y es
que con el uso de esta vía extrajudicial "no se judicializa el asunto que le
afecta, lo que evita el riesgo de quedar señalado, y además, se aleja la
posibilidad del ejercicio de la medicina defensiva".
La utilización de la mediación en el ámbito sanitario también puede ser
mejorada, y una medida sería la existencia de un baremo para daños médicos, pues
"haría mucho más fácil el acercamiento de las posiciones entre las partes cuando
ambas conocen los límites económicos del asunto a tratar".
Fuente:
diariomedico.com