El Tribunal Superior
de Justicia (TSJ) de Madrid ha concedido una indemnización de 125.000 euros al
marido y a la hija de una paciente que murió como consecuencia del cáncer de
mama que padecía.
Nuria Siles 07/01/2009
El fallo censura el retraso que se produjo en la realización de las pruebas
necesarias para diagnosticar la patología, lo que incidió en el pronóstico de la
enfermedad y disminuyó sus posibilidades de supervivencia. La sentencia
considera que el fallecimiento de la mujer -que se produjo en el curso del
proceso judicial- es un daño que sus familiares no tenían el deber de soportar,
y que por ello deben ser indemnizados.
El tribunal madrileño, que acoge los argumentos esgrimidos por Rafael Martín
Bueno, abogado de Avinesa y defensor de los recurrentes, señala que en este caso
existió un retraso en el diagnóstico del cáncer "desde que en agosto de 2004 en
la RNM aparecieron signos de no benignidad hasta que se realizaron las pruebas
necesarias para la confirmación de estos resultados y se adoptaron las medidas
terapéuticas apropiadas (...), esto es, la intervención quirúrgica realizada en
noviembre de 2004, secuencia temporal ésta que ambos peritos [el designado
judicialmente y el de la compañía aseguradora codemandada] han considerado
inadecuada para la enfermedad que aquejaba a la paciente".
Según el informe emitido por el perito judicial, "no es una buena práctica
médica el retraso de tres meses en efectuar la biopsia recomendada por un
radiólogo ante una duda diagnóstica con posible malignidad".
De 1 a 15 días
A su juicio, "un plazo correcto habría sido de 1 a 15 días entre el conocimiento
de la necesidad de hacerla, solicitud y realización hasta la entrega de
resultados". Ambos peritos concluyen que ese retraso empeoró el pronóstico de la
enfermedad, disminuyendo las posibilidades de supervivencia.
Para fijar la cuantía de la indemnización la Sala de lo
Contencioso-administrativo del TSJ de Madrid acude de forma orientadora a los
criterios objetivos del baremo establecido en la legislación de seguros del
automóvil. Así, teniendo en cuenta la edad de la paciente y las circunstancias
concretas del caso, el tribunal fija una cantidad de 125.000 euros.
Fuente: Diariomedico.com