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El consentimiento del paciente ha de solicitarse en la forma y tiempo preciso
El TSJ sostiene que en los casos como el estudiado, en los que no existe una urgencia para intervenir, "es preciso informar al paciente y a la familia con el tiempo suficiente para que con la frialdad de ánimo y serenamente tomen la decisión que consideren mejor, sobre todo cuando las opciones de tratamiento son diversas", como lo eran aquí.
El fallo, que acoge los argumentos de Alvaro Sardinero, abogado de la familia de la fallecida, señala que "no es razonable no haber informado a la paciente con anterioridad de las características y riesgos de la prueba, así como de otras alternativas cuando se daban las circunstancias para hacerlo".
La sala recuerda
que el defecto del consentimiento informado se considera un
incumplimiento de la lex artis y señala que en este supuesto
así ocurrió.
Fuente: Diariomedico.com
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